Posts from ‘Política’

Mar
21

Mar
19

El Ministerio de Cultura viene desarrollando una política de criminalización de los usuarios al dictado de las entidades de gestión de derechos de autores y editores y las multinacionales que dominan la industria cultural.

Con la aprobación de la Ley de Economía Sostenible, el Ministerio pretende lograr lo que las entidades de gestión no han conseguido hasta la fecha en los tribunales, ni por la vía penal ni por la civil: el cierre de páginas web que incluyan enlaces para descargar obras a través de las redes de intercambio de archivos P2P.

Una sentencia dictada por el titular del Juzgado Mercantil nº 7 de Barcelona reconoce la legalidad de las webs que no ofrecen contenidos sujetos a propiedad intelectual, sino meros enlaces para descargar obras a través de las redes.

Los enlaces constituyen “la base misma de Internet”, señala la sentencia. Y añade que las redes P2P, “como meras redes de transmisión de datos entre particulares usuarios de Internet”, tampoco vulneran derecho alguno protegido por la Ley de Propiedad Intelectual.

El intercambio no lucrativo de obras culturales ha sido siempre una práctica social y moralmente aceptada. Y también ha generado negocio para multitud de sectores que forman parte de la industria cultural: autores, editores, fabricantes de equipos de reproducción, grabación y soportes de almacenamiento, medios de comunicación, empresas de telecomunicaciones…

Los consumidores son los únicos que no obtienen lucro económico del acceso gratuito a las obras culturales. Pero también son el único sector criminalizado por la industria cultural y los gobiernos que se pliegan a sus intereses.

La industria se resiste a actualizar su modelo de negocio y adaptarlo a la nueva realidad de Internet, como ya hizo en momentos históricos anteriores con el nacimiento de la radio, la televisión o el vídeo doméstico.

Porque los usuarios siempre han compartido la cultura. Lo hacían décadas atrás mediante el préstamo o intercambio de obras grabadas en discos de vinilo y después en cintas de cassette, para más tarde hacerlo con los CDs y los DVDs. Hoy lo hacen fundamentalmente a través de Internet.

Apelamos a nuestros gobernantes y al conjunto de los partidos políticos a que reflexionen sobre las decisiones que vienen adoptándose o proponiéndose a nivel nacional, europeo y mundial en contra de los ciudadanos para favorecer a un poderoso lobby con un modelo de negocio caduco que no quiere reconvertirse.

La campaña Si eres legal, eres legal, desarrollada durante el último año por el Ministerio de Cultura, ha sido considerada por los consumidores como el peor anuncio del año (FACUA.org/lapeorempresa). En ella se equipara el acceso gratuito a obras culturales a través de vías como las redes P2P con estar a punto de atropellar a un recién nacido por ser un temerario, rayar un coche o patear contenedores de basura. Y en la web de la campaña, el Ministerio demuestra su falta de respeto a las opiniones que discrepan con la suya llamando “ilegales” que “intentan engañarte” y “manipular” a los que defienden las descargas no lucrativas.

Ya está bien de insultar a millones de ciudadanos calificándolos de piratas, llamándolos criminales, por el mero hecho de compartir cultura.

Es necesario un cambio en las formas de gobernar, comenzando a escuchar a los ciudadanos y no sólo a la industria.

Mar
19

El Consejo de Ministros aprobará hoy viernes en Sevilla la “Ley de Economía Sostenible”, que incluye la conocida como “Ley Sinde”, que permitirá el cierre de páginas web en sólo cuatro días. Me sumo a los blogs que republican hoy el manifiesto conjunto del pasado mes de diciembre. Si tienes página en la red, si publicaste en su momento el manifiesto, si la red es para ti algo importante; te invito a hacer lo mismo:

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia

Este texto se publica multitud de sitios web. Si estás de acuerdo, republícalo también en tu blog.

Mar
13

Acabo de volver a ver el video de la campaña desinformativa del Ministerio de Cultura (pagada por supuesto, con nuestros impuestos), y me da la sensación de que la sentencia que se ha publicado hoy, da un fuerte revés al futuro de Internet en España.

A continuación el video de “Si eres legal, eres legal”.

ElMundo.es

Después de tres años de lucha judicial, Jesús Guerra Calderón, dueño de un pequeño bar de un polígono de Caldes de Montbui (Barcelona) y de la página web de enlaces P2P ‘Elrincondejesus.com’, ha vencido a la SGAE. Una histórica sentencia (PDF) afirma no sólo que las páginas de enlaces son legales, sino que reafirma la legalidad de las propias redes de intercambio P2P en nuestro país.

Raúl N. García Orejudo, magistrado titular del Juzgado Mercantil número 7 de Barcelona, ha desestimado la demanda de la Sociedad General de Autores y Editores y ha absuelto a Jesús de las pretensiones de la sociedad de gestión, que pretendía el cierre del sitio web, así como una indemnización, por la “comunicación pública y la reproducción de obras musicales del repertorio gestionado por la SGAE”.

En esta sentencia absolutoria, el juez, que ya había desestimado un cierre cautelar de la página hace meses con parecidos argumentos, entra al fondo de la cuestión: ¿Es legal enlazar a sitios de intercambio de archivos P2P? Según el texto, las pruebas periciales indicaban que en Elrincondejesus.com “no se almacenaban ninguno de los archivos cuya referencia se indica”.

Es más, el juez considera que el sistema de ‘links’ o enlaces no supone ni distribución, ni reproducción, ni comunicación pública de las obras protegidas, ya que lo único que creó el autor del sitio demandado es un mero índice que facilita la búsqueda en redes de intercambio de archivos.

“En sentido amplio”, dice el juez, “el sistema de enlaces constituye la base misma de Internet y multitud de páginas y buscadores (como Google) permiten técnicamente hacer aquello que precisamente se pretende prohibir en este procedimiento, que es enlazar a las llamadas redes P2P”.

Además, el titular “no percibe cantidad alguna directa o indirectamente relacionada con el servicio que ofrece”, ya que el sitio web era abierto a todos, gratuito y no tiene publicidad. En suma, no hay ánimo de lucro, ni directo ni indirecto.

El P2P es legal

Pero es que el juez va mucho más allá, al afirmar que “las redes P2P, como meras redes de transmisión de datos entre particulares usuarios de Internet, no vulneran derecho alguno protegido por la Ley de Propiedad Intelectual”.

Cuando una persona descarga un archivo para su uso privado a través de las redes P2P, que son legales, ese mismo acto es perfectamente lícito, razona el juez, siempre que no haga uso lucrativo ni colectivo del mismo una vez obtenida la copia. Pero la mera obtención de la copia es un acto perfectamente legal, insiste.

Además, recuerda la sentencia que la Ley de Propiedad Intelectual habla de la legalidad de la fuente y no de la legalidad del acceso, “de tal manera que la mayoría de los usuarios de estas redes acceden legalmente a la obra, por cuanto han celebrado un contrato lícito y válido a cambio de un precio con un prestador de servicios de la Red”.

Canon

El juez valora que estas copias, si son guardadas en un disco duro o en discos ópticos, “precisamente porque son elementos susceptibles de recibir copias probadas de obras protegidas por propiedad intelectual, están gravados con el correspondiente canon o compensación equitativa del artículo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual”.

¿Hay comunicación pública cuando hablamos de P2P, otro de los requisitos que exige la ley para considerar la práctica ilegal? La sentencia reconoce que si bien hay una “puesta a disposición del público de obras sin distribución de ejemplares” y que “es comportamiento puede ir a una pluralidad de personas”, reconoce que es complicado demostrarlo, ya que se pueden dar casos como que el intercambio sea con una sola persona.

Por último, recuerda la sentencia la imposibilidad de identificación del usuario en los procedimientos civiles (y alude al caso Promusicae contra Telefónica), aunque la SGAE recurre a otro tipo de estrategias para obtener dichas identificaciones, como sucedió precisamente en este mismo caso hace meses.

¿Qué debería hacer la ministra Sinde cuando quiere ilegalizar por via administrativa una actividad que la Justicia acaba de declarar legal (tanto en vía penal como en vía civil)?


Mar
13

El sistema de enlaces constituye la base misma de Internet. Con estas palabras, mediante las que es imposible resumir una sentencia histórica, D. Raúl N. García Orejudo, Magistrado titular del Juzgado Mercantil nº 7 de Barcelona, ha establecido un punto de partida para el futuro de la Internet española.

No puedo ser objetivo, dado que representé en el juicio a Jesús Guerra, titular del sitio web www.elrincondejesus.com, sosteniendo la argumentación jurídica que previamente había sido desarrollada en la contestación a la demanda por mi colega, socio, y sin embargo amigo Javier Maestre Rodríguez.

No puedo ser objetivo, dado que llevo muchos años sosteniendo que Internet es el futuro, y que legislar en contra de Internet es la mejor forma que tiene cualquier partido de asegurarse por la vía rápida su tumba electoral.

No puedo ser objetivo, porque junto a compañeros de la talla humana y profesional de David Bravo y Javier de la Cueva, he tenido que ver cómo se ceba el poder político y económico en los más débiles, en aquellos que sostienen con coraje el pulso sobre el que se está levantando la futura sociedad del conocimiento.

No puedo ser objetivo, porque durante mucho tiempo, desde la histórica sentencia del Tribunal del Distrito Este de Pensilvania, por la que se declaró inconstitucional la primera ley contra Internet, los españoles hemos mirado con envidia hacia el otro lado del Atlántico. A partir de ahora, la referencia para los defensores estadounidenses de las libertades civiles será la sentencia dictada por un juez español.

Internet, como todas las grandes gestas del género humano, es una obra colectiva que construimos a diario entre todos. En los juicios que han marcado su devenir histórico, los abogados somos simples albañiles: los maestros de obra son los jueces. Que no olvide el legislador que el único arquitecto del sistema es el pueblo soberano.

Bufet Almeida


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